Algunas profesiones implican el manejo de tóxicos, químicos, disolventes, pinturas…etc en sus tareas diarias. Centros de trabajo como peluquerías, tintorerías, fábricas u otros, pueden implicar riesgos para las mujeres trabajadoras que están embarazadas.
Cualquier mujer en periodo de gestación, tiene derecho a solicitar información en su centro de trabajo sobre los productos a los que está expuesta, con objeto de modificar las tareas de forma que no resulten dañinas para la salud del feto.
En aquellos casos en los que sea imprescindible el uso de determinados productos, es obligatorio utilizar medidas que dificulten la absorción tales como guantes, mascarilla, ventanas abiertas y manejarlas el menor tiempo posible.
Sin embargo, existen elementos como el plomo o el mercurio, productos químicos o exposición a radiaciones que pueden causar abortos espontáneos, partos prematuros, malformaciones fetales y desarrollo anormal del feto.
En estos casos, es obligatorio el cambio de puesto en el centro de trabajo.
Principales amenazas o riesgos para la salud de la madre y el feto
Según entidades como la Sociedad Española de Ginecología y obstetricia, la Asociación Española de Pediatría y el Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales, los principales riesgos para la salud del feto en el entorno laboral pueden ser:
– Choques, vibraciones o movimientos.
– Ruido.
– Radiaciones ionizantes (inhalar, ingerir o manipular líquidos o polvos radiactivos).
– Frío o calor extremos (la elevación de la temperatura corporal en 1,5º C en una mujer embarazada, supone un riesgo importante para el feto).
– Atmósferas de sobrepresión, como locales a presión o actividades de submarinismo.
– Agentes biológicos como por ejemplo hepatitis B, hepatitis C, VIH, tuberculosis, herpes, varicela, tifus. Profesiones como personal sanitario, microbiólogas, personal de limpieza…etc tienen más riesgo.
– Sustancias cancerígenas y mutágenas. Los centros de trabajo están obligados a identificar debidamente estos elementos y tomar las medidas de prevención adecuadas.
– Sustancias tóxicas. Se debe apartar a la embarazada de éstas sustancias como medida de prevención.
– Mercurio y sus derivados.
– Agentes químicos que por su absorción cutánea sean peligrosos para el feto, se incluyen los pesticidas y disolventes entre otras sustancias.
– Plomo y sus derivados. Se prohíbe la exposición de las embarazadas en los centros de trabajo.
– Otros metales como Antimonio, Arsénico y Cadmio.
– Plaguicidas, gases anestésicos, cauchos.
– Tabaquismo pasivo. Recientemente se ha prohibido la exposición de la embarazada en los centros de trabajo.
Es muy importante que durante el embarazo no se corran riesgos laborales innecesarios
Algunos procedimientos industriales incluyen elementos muy peligrosos para la mujer embarazada, debe apartarse del puesto o tomar las medidas preventivas necesarias. Encontramos aquellos trabajos que utilizan alquitrán, hollín, brea, humo, ácido o polvos de hulla.
Frente a la exposición a elementos tóxicos, es necesario ser excesivamente precavida, ya que los efectos en la salud del feto pueden ser mortales o muy graves y ser para toda la vida.
Ante cualquier duda, se debe consultar con el centro de trabajo, que debe tener a disposición de los trabajadores una identificación detallada de los elementos que se manejan en el desempeño de las tareas así como las medidas de prevención que recomiendan los organismos competentes.